sábado, 11 de febrero de 2012

todo el pelotón a la cárcel por si acaso


Andaba yo dándole vueltas a cual iba a ser el tema de mi primer post del año cuando llegó la noticia de la sanción a Contador. 

Mi primera idea había sido, hasta entonces, un post con 10 apuestas para este 2012 ciclístico y apocalíptico que ya ha gastado un mes. Partiendo desde mi más absoluta incompetencia para predecir el futuro pensaba pronosticar, entre otras cosas, que Valverde iba a ganar en Australia y que Contador sería exculpado. Por lo visto mis habilidades siguen intactas, es decir, limitadas.

Dejé pasar los días y di lugar a que el primero de mis pronósticos se cumpliese así que llevado por la euforia olvidé mi quiniela ciclista y me puse manos a la obra con un post sobre el regreso de Valverde. Pero tampoco esta entrada la terminé, así de inconstante aparezco en los primeros meses del año. 

El fin de semana pasado se supo que Lance Armstrong había sido exculpado por la fiscalía de EEUU en la investigación que por presunto dopaje mantenían contra el texano. Pensé que el retorno victorioso de Valverde y la exculpación de Lance eran buenos augurios para comenzar el año así que, convencido como estaba que Contador también sería declarado inocente sólo dos días después, decidí esperar a que la noticia se consumase y ponerme con el post inaugural de la temporada el mismo lunes.

Y sin embargo, a media mañana del lunes, haciendo uso de los símiles bélicos que tan buen papel dramático cumplen en la literatura deportiva, el mundo ciclista saltó por los aires hecho añicos y la realidad de muchos de nosotros transmutó en algo completamente imprevisto.

Desde entonces he leído y escuchado todo tipo de reacciones, desde el ámbito doméstico hasta las más altas estancias gubernamentales. Y en (casi) ninguna de ellas he sido capaz de encontrar un análisis desapasionado del caso. Es Contador uno de esos personajes cuyo aura irradia simpatía y admiración más o menos en las mismas dosis que antipatía y rechazo. Y que sus incondicionales no le iban a condenar estaba tan claro como que sus detractores no le iban a exculpar. Y por supuesto que el juicio de cualquiera de ellos sería ajeno a la sentencia que dictase el TAS. Por todo eso me he querido tomar unos días para ordenar mis ideas al respecto de este tema antes de abordarlo con la precisión y objetividad que, creo, merece la situación.

Para empezar creí necesario realizar un análisis de los hechos lo más aséptico posible, alejado de forofismos. En primer lugar, en el cuerpo de Alberto Contador fue encontrado clembuterol. El clembuterol es una sustancia cuya presencia en el organismo ya es, al margen de cantidades, considerada como doping por la UCI y la AMA. La sanción que la UCI impone por un caso de positivo, sea cual sea la sustancia, es siempre la misma, dos años inhabilitado para correr y el desposeimiento de las victorias conseguidas desde la fecha en que se obtuvo el resultado positivo en el control antidopaje hasta el momento en que la sanción comienza a ser efectiva. Hasta aquí parece claro pues que Alberto tendría poca escapatoria.

Y si está tan claro de dónde proceden mis dudas, cabría decir que hasta mi indignación con la resolución del TAS. Vayamos pues a los matices, que es en estos pequeños reductos, ni negros ni blancos, donde uno suele hallar sino la verdad, si al menos la razón, que presentándose como ideas tan similares no siempre terminan siendo la misma cosa.

Pero antes creo que se impone aclarar un concepto previo a cualquier debate que se genere a raíz de éste y otros casos similares. Hablo de lo que entendemos por doping y a falta de una definición de la RAE entiendo que estaríamos hablando de doping siempre que un deportista consiga una mejora de su rendimiento a través de la ingesta de sustancias cuyo uso esté expresamente prohibido por los organismos responsables. Y creo que conviene aclararlo porque en muchos casos se confunde el doping con la medicina deportiva e incluso con la medicina terapéutica, sobre todo en el juicio social, el más cruel de cuantos se llevan a cabo. Aclarado esto me centro en el clembuterol, la sustancia que se encontró en el cuerpo de Contador. Y aquí me detengo en dos consideraciones, por un lado que estamos hablando de una sustancia que puede llegar al cuerpo por diversas vías, no sólo la farmacológica o médica, también la alimenticia y he leído estos días que incluso a través del agua. En segundo lugar, la presencia de clembuterol en el organismo es considerada doping per se desde los años 70 ya que en aquellos momentos las cantidades que se podía detectar en el organismo sólo podían significar su ingesta médica, es decir, con fines dopantes. Casi cuarenta años después los métodos de detección han evolucionado tanto que la presencia de clembuterol en el cuerpo no tiene porque significar necesariamente que el deportista se haya dopado, es decir, que en ciertas cantidades, el clembuterol no ofrece mejora alguna del rendimiento. Este es el caso de Contador.

Bien, creo que he llegado al verdadero nudo gordiano del asunto, el punto donde la razón y los datos se mezclan con la pasión y la fe, conceptos todos estos que suelen caminar muy mal de la mano. Aquí, entiendo, es donde los detractores de Contador se agarran al texto de la ley y los incondicionales recurren a ese concepto tan difuso que los juristas llaman "el espíritu de la ley" por lo que yo voy a intentar seguir manteniéndome en un terreno intermedio. ¿Ha dado positivo Contador? Si. ¿Se ha dopado? No. La respuesta a estas preguntas no es mía, lo es de la sentencia del TAS. ¿Es esta una contradicción? En el mundo del derecho civil o penal lo sería, en el mundo del derecho deportivo no. Y hay aquí un aspecto que me parece la auténtica génesis de todos los acalorados debates que he escuchado y de los que he participado estos días, incluso estos meses, que la sentencia no viene sino a dar la razón a uno de los bandos que todo este tiempo han estado enfrentados. Y es que los defensores de Contador olvidan (olvidamos) que en el derecho deportivo es la inocencia lo que se tiene que demostrar y que si no lo consigues, eres culpable. La presunción de inocencia pues, pilar fundamental del derecho civil y penal, no existe en el deportivo. ¿Injusto? A todas luces parece que si ¿pero de quién es culpa que esto sea así? No alcanzan mis conocimientos para cavar tan hondo. Lo que si parece claro es que es un arduo trabajo el de demostrar tu inocencia. Sobre todo si te has comido las pruebas.

Pero no es ésta la única incongruencia legal que hemos encontrado en este caso. Ya mencionaba antes el evidente anacronismo de la norma del clembuterol. Imagino ahora a los detractores de Contador que estén leyendo esto, afilando sus cuchillos, esgrimiendo su principal arma. "Es que la Ley dice…". Bien, la Ley, como todo en este vida menos la Muerte, es un concepto dinámico. Leyes injustas hubo desde que el hombre es hombre y las seguirá habiendo, algunas se cambiaron y a otras seguimos esperando. Por lo tanto mi reflexión final a esta larga exposición es que creo que hubiese sido un buen momento para apretar el botón de Reset, para establecer un intervalo a partir del cual el clembuterol debe ser considerado doping y para partir del supuesto de inocencia hasta que se demuestre lo contrario pues la sanción de un culpable jamás puede justificar la crucificación de un inocente. A propósito de esta idea leí el otro día un tuit del inefable Antonio Alix que escondía una idea de lo más peligrosa. Venía a defender el periodista de Eurosport que partir del supuesto de inocencia era poco menos que pegarse un tiro en el pie pues suponía abrir la puerta para que se cuelen todo tipo de tramposos. Me recordó esta idea a los más viejos y caducos argumentos de los estados fascistas y sobre todo a una memorable viñeta de Forges no recuerdo a propósito de que situación. Se veía en ella la fachada de una prisión y la viñeta rezaba un eslogan: "Todo España a la cárcel por si acaso". Pues eso, Alix, todo el pelotón a la cárcel... por si acaso.

P.D.: De como la UCI, la AMA y el TAS han tratado este caso no he hablado de forma deliberada, es decir, he obviado aspectos como los agravios comparativos con otros casos, la excesiva demora en la resolución o el arbitrario periodo de sanción por el mero hecho de que creo que ninguno de esos aspectos cambia una coma de lo que ha hecho o dejado de hacer Alberto Contador. De él lo espero todo, de aquellos uno no espera más que se aparten, que den un paso a un lado y legislen y dirijan lejos de los focos, donde sólo deberían lucir los ciclistas.

1 comentario:

  1. No me sabía yo esto de que en el deporte la presunción de inocencia no existe. Hay que ver las cosas que se aprenden leyendo a otros... :-)

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