Andaba yo dándole vueltas a cual iba
a ser el tema de mi primer post del año cuando llegó la noticia de la sanción a
Contador.
Mi primera idea había sido, hasta
entonces, un post con 10 apuestas para este 2012 ciclístico y apocalíptico que
ya ha gastado un mes. Partiendo desde mi más absoluta incompetencia para
predecir el futuro pensaba pronosticar, entre otras cosas, que Valverde iba a
ganar en Australia y que Contador sería exculpado. Por lo visto mis habilidades
siguen intactas, es decir, limitadas.
Dejé pasar los días y di lugar a
que el primero de mis pronósticos se cumpliese así que llevado por la euforia
olvidé mi quiniela ciclista y me puse manos a la obra con un post sobre el
regreso de Valverde. Pero tampoco esta entrada la
terminé, así de inconstante aparezco en los primeros meses del año.
El fin de
semana pasado se supo que Lance Armstrong había sido exculpado por la fiscalía
de EEUU en la investigación que por presunto dopaje mantenían contra el texano.
Pensé que el retorno victorioso de Valverde y la exculpación de Lance eran
buenos augurios para comenzar el año así que, convencido como estaba que
Contador también sería declarado inocente sólo
dos días después, decidí esperar a que la noticia se consumase y ponerme con el post
inaugural de la temporada el mismo lunes.
Y sin embargo, a media mañana del
lunes, haciendo uso de los símiles bélicos que tan buen papel
dramático cumplen en la literatura deportiva, el mundo ciclista saltó por los
aires hecho añicos y la realidad de muchos de nosotros transmutó en algo
completamente imprevisto.
Desde entonces he leído y
escuchado todo tipo de reacciones, desde el ámbito doméstico hasta las más
altas estancias gubernamentales. Y en (casi) ninguna de ellas he sido capaz de
encontrar un análisis desapasionado del caso. Es Contador uno de esos
personajes cuyo aura irradia simpatía y admiración más o menos en las mismas
dosis que antipatía y rechazo. Y que sus incondicionales no le iban a condenar
estaba tan claro como que sus detractores no le iban a exculpar. Y por supuesto
que el juicio de cualquiera de ellos sería ajeno a la sentencia que dictase el
TAS. Por todo eso me he querido tomar unos días para ordenar mis ideas al
respecto de este tema antes de abordarlo con la precisión y objetividad que,
creo, merece la situación.
Para empezar creí necesario
realizar un análisis de los hechos lo más aséptico posible, alejado de
forofismos. En primer lugar, en el cuerpo de Alberto Contador fue encontrado
clembuterol. El
clembuterol es una sustancia cuya presencia en el organismo ya es, al margen de
cantidades, considerada como doping por la UCI y la AMA. La sanción que la UCI
impone por un caso de positivo, sea cual sea la sustancia, es siempre la misma,
dos años inhabilitado para correr y el desposeimiento de las victorias
conseguidas desde la fecha en que se obtuvo el resultado positivo en el control
antidopaje hasta el momento en que la sanción comienza a ser efectiva. Hasta
aquí parece claro pues que Alberto tendría poca escapatoria.
Y si está tan claro de dónde proceden
mis dudas, cabría decir que hasta mi indignación con la resolución del TAS. Vayamos
pues a los matices, que es en estos pequeños reductos, ni negros ni blancos,
donde uno suele hallar sino la verdad, si al menos la razón, que presentándose
como ideas tan similares no siempre terminan siendo la misma cosa.
Pero antes creo que se impone aclarar
un concepto previo a cualquier debate que se genere a raíz de éste y otros
casos similares. Hablo de lo que entendemos por doping y a falta de una definición de la RAE entiendo que
estaríamos hablando de doping siempre
que un deportista consiga una mejora de su rendimiento a través de la ingesta
de sustancias cuyo uso esté expresamente prohibido por los organismos
responsables. Y creo que conviene aclararlo porque en muchos casos se confunde
el doping con la medicina deportiva e
incluso con la medicina terapéutica, sobre todo en el juicio social, el más
cruel de cuantos se llevan a cabo. Aclarado esto me centro en el clembuterol,
la sustancia que se encontró en el cuerpo de Contador. Y aquí me detengo en dos
consideraciones, por un lado que estamos hablando de una sustancia que puede
llegar al cuerpo por diversas vías, no sólo la farmacológica o médica, también
la alimenticia y he leído estos días que incluso a través del agua. En segundo
lugar, la presencia de clembuterol en el organismo es considerada doping per se desde los años 70 ya que
en aquellos momentos las cantidades que se podía detectar en el organismo sólo
podían significar su ingesta médica, es decir, con fines dopantes. Casi cuarenta años después los métodos de detección han
evolucionado tanto que la presencia de clembuterol en el cuerpo no tiene porque
significar necesariamente que el deportista se haya dopado, es decir, que en
ciertas cantidades, el clembuterol no ofrece mejora alguna del rendimiento.
Este es el caso de Contador.
Bien, creo que he llegado al
verdadero nudo gordiano del asunto, el punto donde la razón y los datos se
mezclan con la pasión y la fe, conceptos todos estos que suelen caminar muy mal
de la mano. Aquí, entiendo, es donde los detractores de Contador se agarran al
texto de la ley y los incondicionales recurren a ese concepto tan difuso que
los juristas llaman "el espíritu de la ley" por lo que yo voy a
intentar seguir manteniéndome en un terreno intermedio. ¿Ha dado positivo
Contador? Si. ¿Se ha dopado? No. La respuesta a estas preguntas no es mía, lo
es de la sentencia del TAS. ¿Es esta una contradicción? En el mundo del derecho
civil o penal lo sería, en el mundo del derecho deportivo no. Y hay aquí un
aspecto que me parece la auténtica génesis de todos los acalorados debates que
he escuchado y de los que he participado estos días, incluso estos meses, que
la sentencia no viene sino a dar la razón a uno de los bandos que todo este
tiempo han estado enfrentados. Y es que los defensores de Contador olvidan
(olvidamos) que en el
derecho deportivo es la inocencia lo que se tiene que demostrar y que si no lo
consigues, eres culpable. La presunción de inocencia pues, pilar fundamental
del derecho civil y penal, no existe en el deportivo. ¿Injusto? A todas luces
parece que si ¿pero de quién es culpa que esto sea así? No alcanzan mis conocimientos
para cavar tan hondo. Lo que si parece claro es que es un arduo trabajo el de demostrar tu inocencia. Sobre todo si te has comido las pruebas.
Pero no es ésta la única
incongruencia legal que hemos encontrado en este caso. Ya mencionaba antes el
evidente anacronismo de la norma del clembuterol. Imagino ahora a los
detractores de Contador que estén leyendo esto, afilando sus cuchillos,
esgrimiendo su principal arma. "Es que la Ley dice…". Bien, la Ley,
como todo en este vida menos la Muerte, es un concepto dinámico. Leyes injustas
hubo desde que el hombre es hombre y las seguirá habiendo, algunas se cambiaron y a otras seguimos esperando. Por lo tanto mi
reflexión final a esta larga exposición es que creo que hubiese sido un buen
momento para apretar el botón de Reset,
para establecer un intervalo a partir del cual el clembuterol debe ser
considerado doping y para partir del
supuesto de inocencia hasta que se demuestre lo contrario pues la sanción de un
culpable jamás puede justificar la crucificación de un inocente. A propósito de
esta idea leí el otro día un tuit del
inefable Antonio Alix que escondía una idea de lo más peligrosa. Venía a
defender el periodista de Eurosport que partir del supuesto de inocencia era
poco menos que pegarse un tiro en el pie pues suponía abrir la puerta para que se cuelen todo tipo de tramposos. Me
recordó esta idea a los más viejos y caducos argumentos de los estados
fascistas y sobre todo a una memorable viñeta de Forges no recuerdo a propósito
de que situación. Se veía en ella la fachada de una prisión y la viñeta rezaba
un eslogan: "Todo España a la cárcel por si acaso". Pues eso, Alix, todo el pelotón a la cárcel... por si acaso.
P.D.: De como la UCI, la AMA y el TAS han tratado este caso no he hablado de forma deliberada, es decir, he obviado aspectos como los agravios comparativos con otros casos, la excesiva demora en la resolución o el arbitrario periodo de sanción por el mero hecho de que creo que ninguno de esos aspectos cambia una coma de lo que ha hecho o dejado de hacer Alberto Contador. De él lo espero todo, de aquellos uno no espera más que se aparten, que den un paso a un lado y legislen y dirijan lejos de los focos, donde sólo deberían lucir los ciclistas.
No me sabía yo esto de que en el deporte la presunción de inocencia no existe. Hay que ver las cosas que se aprenden leyendo a otros... :-)
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